El Jurado de Enjuiciamiento le dio trámite a la denuncia contra los miembros de la Sala III del Tribunal de Impugnación, Luciano Martini Bonari y Rubén Arias Nallar. Estos y el Procurador tienen hasta mitad de marzo para responder. Pueden ser destituidos.
(FOTO PORTADA: SANTOS CLEMENTE VERA AL SALIR DEL PENAL, EN DICIEMBRE DE 2023)
“Santos Clemente Vera había sido absuelto, pero los jueces Martini y Nallar actuaron por fuera de la ley y lo condenaron a perpetua. Es un caso tan serio que merece ser examinado”, aseguró Sonia Escudero, abogada, exsenadora nacional e integrante del FOCIS (Foro de Observación de la Calidad Institucional de Salta) Así lo sostuvo a Norte Social. Se mostró conforme con el inicio del trámite del Jurado de Enjuiciamiento.
Este se reunió el jueves 29 de febrero. Está integrado por la presidenta de la Corte de Justicia, Teresa Ovejero; el juez de Corte Pablo López Viñals; los senadores Jorge Pablo Soto y Javier Mónico Graciano; los diputados Esteban Amat y Juan Carlos Roque Posse; el fiscal de Estado, Agustín Pérez Alsina; los abogados por el Senado Luis Guillermo López Mirau y Pedro Mellado, por la Cámara de Diputados.
El organismo aceptó la denuncia contra los jueces de la sala III del Tribunal de Impugnación, Luciano Martini y Rubén Arias Nallar, presentada por el diputado provincial José Gauffín. Por “mal desempeño de funciones” De acuerdo al legislador, los magistrados de segunda instancia “se arrogaron la facultad de condenar en febrero de 2016 a Santos Clemente Vera, a la pena de prisión perpetua, por la causa de las francesas Cassandre Bouvier y Houria Moumni, asesinadas en julio de 2011”
Según Gauffin, a lo sumo, los jueces podían anular el fallo y pedir un nuevo juicio.
Crítica de la Corte Suprema
La presentación acusatoria fue en diciembre del año pasado, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación se pronunció en contra de Martini y Arias Nallar y ordenó la anulación de la condena que mantuvo privado de la libertad a Vera durante casi 8 años. Por orden de la presidenta de la Corte de Justicia, Teresa Ovejero, el peón de San Lorenzo fue liberado.
El jueves 29 de marzo, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de Salta dispuso que los cuestionados Luciano Martini Bonari y Rubén Arias Nallar hagan su descargo. También solicitó al procurador general de la provincia, Pedro García Castiella, que fije su posición y presente pruebas.
Son los pasos previos antes del análisis de la admisibilidad formal o no del recurso. Esto significa que el proceso de enjuiciamiento está en la etapa de sustanciación previa. Aún no se resolvió la admisibilidad.
A mediados de este mes, los integrantes del Jurado comenzarían el análisis.
“El mal desempeño atribuido a Martini y Arias significa que supuestamente actuaron por fuera de la ley, La sociedad, que tiene una gran demanda de transparencia, mira lo que hará la justicia”, subrayó Sonia Escudero.
“LA ELITE JUDICIAL”
Escudero considero que el Jurado de Enjuiciamiento “debería democratizarse, integrarse con ciudadanos comunes” Su opinión coincide con la del abogado, docente, académico y periodista Luis Caro Figueroa: “A despecho de su conformación plural, el Jurado es hoy campo fértil para el activismo de la elite judicial, que con su desmedida influencia ha provocado una seria distorsión del procedimiento legalmente establecido…” https://noticias.iruya.com/b/opinion/6217-los-graves-defectos-institucionales-del-jurado-de-enjuiciamiento-de-magistrados-de-salta.html
SEIS PASOS
El juzgamiento de los jueces se encuentra regulado por el artículo 160 de la Constitución Provincial y por la Ley 7138. Seis son los pasos del procedimiento:
- Convocatoria del Tribunal de Enjuiciamiento
- Resolución preliminar
- Contestación de la acusación y ofrecimiento de prueba
- Intervención del Procurador General
- Apertura de la causa a prueba y sustanciación del juicio
- Sentencia (absolución o condena. En este caso, destitución)