“Perpetua”, pidieron la fiscal y la querella. Sin embargo, la sentencia del tribunal sorprendió a todos: Cintia Gimena Burgos fue absuelta de homicidio pues se defendió de un violento.
(Foto portada: ABSUELTA. CINTIA BURGOS ES ABRAZADA POR SU ABOGADO)
Exequiel Roberto Guanca (19) fue acuchillado en el pecho, la mañana del martes 22 de marzo del año pasado. Su pareja, Cintia Gimena Burgos – de 21 años – reconoció haberse defendido de otro ataque del joven. Quedó detenida.
Casi un año y medio después, la joven madre estalló en lágrimas y se abrazó a su defensor, el abogado Rodrigo Palazzo: la Sala I del Tribunal de Juicio de Salta declaró en su fallo la absolución “lisa y llana”. Por legítima defensa.
Tal fue el imprevisto dictamen de los jueces Javier Araníbar, Martín Fernando Pérez y Leonardo Gabriel Feans, el miércoles 16 de agosto de 2023.
El día anterior, la fiscal penal María Eugenia Guzmán alegó y solicitó para Burgos la pena de prisión perpetua. Por el delito de homicidio calificado por el vínculo. Del mismo modo argumentó la querella de la familia de Guanca, representada por los abogados Fernando Bazán Güemes y Justo Samuel Martearena.
“Se drogaba”
Alrededor de las 5 de la madrugada del 22 de marzo, el hermano de Exequiel escuchó que Exequiel gritaba. Los gritos provenían del cuarto del fondo en donde vivía junto a Cintia, en Rosario de Lerma. “No dejaban dormir, por eso me levanté y fui a su pieza. Pregunté qué pasaba. Cintia me dijo que nada, que estaba todo bien”, relató.
El testigo contó que alcanzó a ver, a través de la cortina transparente, que su hermano estaba acostado en la cama, boca abajo. “Como Exequiel se drogaba”, sostuvo haber supuesto que estaba nuevamente intoxicado.
La madre del joven describió haber ido a la pieza y verlo tirado en el suelo. Le preguntó a Cintia qué le pasaba y ella le dijo: “No quiere dormir, está loco”. Aproximadamente a las 7, regresó a la habitación. Entró, lo tocó “y estaba frío”.
Entre ambas mujeres trasladaron a Guanca en un remís hasta el Hospital Joaquín Corvalán, de Rosario de Lerma. Exequiel estaba muerto. Una enfermera comunicó, a las 7.20, acerca de un joven sin signos vitales, con herida punzocortante en la zona del tórax.
Sin protección estatal
Los jueces aplicaron la figura determinada en el artículo 34 del Código Penal. De acuerdo a la jurisprudencia, “la legítima defensa es una situación en la que los bienes jurídicos a proteger (la vida) no pueden ser salvados por el Estado”
Durante el juicio, los testigos narraron que la pareja y que tenían una relación conflictiva (“tóxica”), con insultos, gritos y golpes. Asimismo, aseguraron que Guanca era adicto a las drogas.
Asimismo, en el debate se citaron denuncias por violencia de género. Sin embargo, no hubo auxilio de instituciones públicas ni privadas. Y se mencionó que – aquella noche/madrugada – el muchacho le habría dado una brutal paliza a la mujer. Como también que Guanca tenía un mechón de pelo de Cintia, en su mano.
Con la absolución de Burgos, además de recuperar la total libertad, y la extinción de la millonaria demanda civil presentada por la familia de Exequiel, le será restituida la tenencia de su hijo.
Por esto, Cintia, llorando, se abrazó agradecida a su abogado.
MADRE
Cinco años tiene el nene hijo de Cintia Burgos. Nació de una relación anterior, y el padre del nene falleció en un accidente.
AUTODEFENSA
En derecho penal, la legítima defensa, defensa propia o autodefensa es una causa que justifica un homicidio.
DERECHO
El Papa Juan Pablo II (encíclica Evangelium, 1995) proclamó que defenderse es válido cuando se trata del “derecho a la vida y la obligación de preservarla”