Nervioso e incómodo se lo vió y escuchó al ministro de Gobierno de la Provincia, Ricardo Villada, ante la prensa, intentando aclarar lo sucedido con funcionarios vacunados contra el Covid 19 hace dos meses. Para no mencionarlos, se escudó en el desconocimiento y la “confidencialidad” de datos. Esto último es confuso.
Villada aseguró en conferencia de prensa, el martes 16 de marzo, que el gobernador Gustavo Sáenz y sus familiares cercanos no fueron vacunados, como tampoco ministros ni secretarios de Estado. Sin nombrarlos, reconoció que efectivamente hubo diez funcionarios del Ejecutivo y Legislativo inoculados.
Durante el primer mes de 2021, hubo diez funcionarios y funcionarias de Salta que sin ser médicos, enfermeros, adultos mayores, policías o maestras recibieron la vacuna. La prensa, extraoficialmente, informó que cinco de estas personas son Pablo Outes (coordinador de Enlace y Relaciones Políticas de la Gobernación, como también autoridad del Justicialismo salteño); Pamela Calletti (asesora jurídica del gobernador y ex ministra de Justicia); Antonio Hucena, (secretario de Relaciones Institucionales); Esteban Amat Lacroix (presidente de la Cámara de Diputados de Salta); y María Cristina Suazo Ruiz (subsecretaria de Articulaciones y Fortalecimiento)
Según el ministro, desconocía quienes eran los o las restantes cinco. Además, se justificó diciendo que por razones legales de confidencialidad no podían divulgarse públicamente estos datos.
En realidad –más allá de decisiones éticas y morales – la supuesta confidencialidad no eximiría de un supuesto delito público. El conflicto legal se plantearía entre las leyes 24766 y 25326 (datos personales y comerciales), y la ley 27275 (más reciente), que regula el Derecho de Acceso a la Información Pública.
Derecho a la información
El acceso a la información de usuarios y consumidores, está reconocido en el artículo 42 de la Constitución al consagrar el derecho a “una información adecuada y veraz”, a favor de éstos. En lo que refiere a los datos personales obrantes en los registros o archivos estatales, el artículo 43, 3° párrafo de la Carta Magna, salvaguarda el derecho de acceso para conocimiento y finalidad de datos personales que se encuentren en archivos públicos, a través de la garantía de habeas data. Asímismo, los Tratados Internacionales con jerarquía constitucional -incorporados en el artículo 75, inciso 22- incorporan el derecho de acceso a la información pública.
La ley 27275, Derecho de Acceso a la Información Pública, no menciona expresamente en su artículo octavo que una situación de salud sea cuestión de Estado o protegida por la ley 24766 (Datos Personales)
“Estratégicos”
La esperada buena noticia fue a fin de 2020, cuando llegaron desde Rusia las vacunas Sputnik V contra la peste mundial. Atinadamente, desde el gobierno nacional se establecieron criterios ante la escasez del remedio: personal de salud que lucha en la primera línea de combate contra la enfermedad; luego, mayores de 70 años, docentes y efectivos de seguridad.
El Ministro de Gobierno anunció que el Comité Operativo de Emergencia (COE) determinará quienes serán las personas consideradas con funciones “estratégicas”, para recibir la vacuna. Y que la información será publicada. Explicó que a partir de ahora cualquier funcionario que sea considerado “estratégico” deberá firmar su consentimiento para la divulgación de su identidad.
Citando al gobernador Sáenz, Villada sostuvo: “Si hay gente que se vacunó y no le correspondía, deberá asumir las responsabilidades y las consecuencias que le corresponden”
DATOS PROTEGIDOS
El artículo primero de la ley 25326, (Protección de los datos personales), dice: “La presente ley tiene por objeto la protección integral de los datos personales asentados en archivos, registros, bancos de datos, u otros medios técnicos de tratamiento de datos, sean éstos públicos, o privados destinados a dar informes, para garantizar el derecho al honor y a la intimidad de las personas, así como también el acceso a la información…”
EDAD
Excepto el vicegobernador Antonio Marocco –quien por su edad (73 años) forma parte de las personas consideradas prioritarias – nadie del gobierno provincial, Poder Legislativo o Judicial debería estar vacunado contra el Covid 19.